El 31-03-2026 se vence el plazo para la declarar y pagar el ISLR por lo que aprovechamos para brindarte algunas consideraciones importantes a tomar en cuenta.
¿Quiénes deben declarar el ISLR?
- Personas naturales asalariadas con enriquecimiento neto superior a 1.000 UT.
- Personas no asalariadas con ingresos brutos mayores a 1.500 UT.
- Todas las personas jurídicas, independientemente si están o no activas.
¿Cuáles ingresos deben ser incluidos en la declaración de ISLR?
Todos los ingresos regulares deben ser incluidos, lo único que se excluye son los bonos por concepto de alimentación y de viáticos.
¿Los pensionados o jubilados deben declarar y pagar el ISLR?
Todas las personas pensionadas o jubiladas están exentas a la declaración y pago del ISLR, tal y como está establecido en el Código Orgánico Tributario (COT)
¿Obtienes ingresos por pensión y también por jubilación?
Si percibes ambos ingresos y la sumatoria es mayor a 1.000 unidades tributarias, debes declarar ISLR. Si está por debajo de dicho monto NO debes declarar.
Los ingresos por pensión y jubilación forman parte de la renta exenta, por lo que, aunque se declaren, no se realizará ningún tipo de pago de ISLR
¿Percibes otro ingreso adicional a la pensión y la jubilación?
Si la suma de los tres ingresos es mayor a 1.000 unidades tributarias debes declarar el ingreso extra como renta gravable y realizar el pago correspondiente, mientras que la pensión y/o jubilación como renta exenta.
Tomemos en cuenta todos los detalles, no dejemos para último momento esta importante tarea.

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